Dia 4 Final - Corporación Universitaria Remington

Para hacer frente a la contingencia derivada del Covid-19, el gobierno nacional ha tomado diversas medidas jurídicas excepcionales, siendo la más trascendente el decreto de un aislamiento obligatorio. Tanto la pandemia, como la medida de aislamiento adoptada por el gobierno, han impactado diversas esferas de la sociedad, destacándose las relaciones contractuales entre arrendadores y arrendatarios, y entre empleadores y trabajadores. Esto ha llevado a que el gobierno haya adoptado medidas adicionales, tendientes a brindar lineamientos generales a los particulares para afrontar dicha situación y sus consecuencias, o bien, a mitigar de forma directa sus efectos nocivos. Dentro de estos lineamientos se encuentra el Decreto 579, que adopta una serie directrices frente a los contratos de arrendamiento de vivienda urbana y locales comerciales. Asimismo, en materia laboral, se encuentran las Circulares 021 y 033 del Ministerio de Trabajo, en las que se pone de presente la necesidad de garantizar el empleo, y se recomienda a los empleadores adoptar algunas medidas, como la flexibilización y modificación de las jornadas de trabajo, y la concertación de salarios y suspensión de beneficios extralegales; medidas de suma importancia para aquellos trabajadores que a partir de las nuevas disposiciones deben retornar a sus labores, y para aquellos que aún se encuentran en confinamiento obligatorio. Considerando la importancia que ambos escenarios tienen en la cotidianidad, resulta pertinente abordar de manera panorámica las medidas y recomendaciones del gobierno nacional, además de otra serie de recomendaciones que deben tenerse en cuenta desde el punto de vista jurídico.

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Fecha: Mayo 14

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“Una mirada a las directrices del gobierno nacional sobre los contratos laborales y de arrendamiento”.

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Hora: 11: 00 am.

Basados en las circunstancias actuales vemos como el mundo siente la necesidad de procurar un mejor trato hacia los animales en todos los escenarios donde tenemos algún tipo de contacto. Esto se traduce en mejorar la convivencia, respeto y tolerancia con animales de compañía como perros y gatos, o de abasto como bovinos o cerdos, exóticos como aves ornamentales y silvestres como el oso de anteojos. Estas relaciones nos traen consigo situaciones que de acuerdo al marco normativo nacional, deben ser conocidas por las autoridades con el animo de velar por su protección y cuidado.

Aquí en este apartado la Medicina Veterinaria Forense, como parte de las ciencias forenses, se erige como protagonista al servir como ciencia auxiliar de la justicia en casos de maltrato, crueldad, explotación o uso desmedido. En su categoría de seres sintientes (Ley 1774 de 2016) recibirán especial protección por parte del estado, y requieren que profesionales de la salud animal puedan interpretar sus dolencias, trastornos o en casos de muerte, su mecanismo. Nuestra institución cuenta con la única Unidad Forense Veterinaria del país, adscrita a la Facultad de Medicina Veterinaria en su Clínica Veterinaria con sede en el corregimiento de Santa Elena. Desde allí se han realizado cientos de procedimientos de valoración forense nacionales y algunos internacionales que han permitido acercar la justicia al renglón denominado criminología verde.

Ahora la medicina veterinaria forense resulta ser un aliado indiscutible en la labor estatal de protección del ambiente y los animales; y un puente para reconocer que la violencia hacia los animales, en cualquier escenario, resulta un atentado contra la sostenibilidad y convivencia.

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Fecha: Mayo 14

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Charla: medicina veterinaria forense
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Hora: 6 p.m.

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